Última modificación el 29/10/2021
A efectos de la gestión de IEC (Impuesto Especial de Consumo), las empresas con el estatuto de Operadores Registrados tendrán que declarar y pagar este impuesto en el momento de la Recepción de las bebidas alcohólicas procedentes de otros Estados miembros o, en el caso de que la empresa se encuentre en los Azores o en Madeira, cuando proceden del territorio continental de Portugal.
El comportamiento del producto para este tipo de empresas en los Documentos de Compra es el siguiente:
- Para los Proveedores cuyo Tipo de Mercado es Intracomunitario o Externo o si el Tipo de Mercado es Nacional pero el Lugar de Operación es diferente del de la empresa (corresponde a transacciones con otros países o desde/para las Regiones Autónomas de Azores y Madeira), los Doc. de Compra no incluyen el valor del IEC de los Artículos en los totales del Documento, pero estos valores se tienen en cuenta en la Declaración del IEC;
- Para Proveedores cuyo Tipo de Mercado sea Nacional y que tengan el mismo Lugar de Operación de la empresa, los Doc. de Compra incluyen el valor del IEC de los Artículos en los totales del Documento, pero estos valores no se tienen en cuenta en la Declaración del IEC;
- Para los Proveedores configurados como Exentos de IEC (opción disponible en la ficha de Proveedores), los Documentos de Compra no incluyen el valor del IEC de los Artículos para los totales del Documento y esos valores tampoco se tienen en cuenta en la Declaración del IEC.
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