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Procedimiento del Sistema de Liquidación Directa

Última modificación el 21/07/2025
Este artículo se aplica a:
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GW

Este procedimiento es un resumen del tratamiento normal para el Sistema de Liquidación Directa (SLD).

Los procesos de Generación de tramos, Cálculo y Acumulación son inherentes a los procesos normales de cada mes, pero si se tiene activado el SLD se debe prestar especial atención a la información que afecta a los tramos, como IT, ERE o variaciones de contratos o similares, ya esté bien indicada antes del cálculo definitivo, ya que podría generar posteriores diferencias con los cálculos que realice la Seguridad Social y pueda obligar a tener que recalcularlos.

Antes de la activación del SLD es recomendable solicitar los ficheros ITA y realizar los ajustes necesarios, en la base de datos o en la Seguridad Social, para minimizar las diferencias cuando se active.

Inicialmente, también se recomienda solicitar el fichero de tramos al inicio del periodo de liquidación, dejando un margen de unos cinco o seis días para dar tiempo al traslado de la información entre los diferentes organismos oficiales, ya que permite anticipar las posibles diferencias que se puedan generar, en estos casos casi siempre por procesos de IT, ya sea porque el trabajador no haya aportado a tiempo los partes correspondientes o porque al SLD no le conste.

Una vez se reciba el fichero de tramos y corregidas las incidencias, o directamente si no se solicita, se debe realizar el Envío de bases o Solicitud de borrador (lo normal es que siempre se deban enviar las bases, aunque sea de un solo trabajador), ya que es el desencadenante de que la Seguridad Social inicie el proceso de liquidación. En función de la respuesta, si hay anomalías que impiden la generación de la liquidación o el borrador de la liquidación no coincide con los cálculos internos, se deben realizar las correcciones pertinentes, internas o externas, volviendo a realizar un envío de bases, normalmente si las correcciones son internas, o una solicitud de borrador si las correcciones son todas externas. En el caso de que existan descuadre a nivel de liquidación de la CCC pero no se sepa el trabajador o trabajadores causantes, será necesaria una solicitud de cálculos desglosados para poder comparar y detectar el origen del problema.

Cuando el borrador de liquidación sea correcto, se procederá a la solicitud de confirmación. Pero si se llega al límite de plazo y no se puede realizar la conciliación de todos los trabajadores, se haría necesaria una confirmación parcial, aunque en este caso sólo se puede hacer a través de servicio (en línea).

Para una gestión del estado de las diferentes liquidaciones, es de mucha utilidad el formulario de control de situaciones.

Cuando se pase a SLD real, al realizar la acumulación el sistema genera los ficheros en el anterior formato de los FAN para que se puedan consultar y/o imprimir, pero a partir de los datos del SLD. De hecho para la facturación, si es el caso, se debe realizar por el mismo proceso que con el fichero FAN, imprimiendo los TC1.

Durante el periodo de prácticas o pruebas, la información bancaria para el cargo en cuenta es opcional, pero no cuando se pasa a real, en cuyo caso además de indicar estos datos, se debe proceder con suficiente antelación para poder tener la liquidación confirmada antes del fin del plazo del cargo en cuenta.

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