Modelo 30
En la aplicación es posible crear y presentar la Declaración Modelo 30. Las siguientes preguntas frecuentes tienen por objeto aclarar dudas sobre el contexto jurídico de esta declaración: A través de la Declaración Modelo 30, las entidades deudoras de rendimientos a sujetos pasivos no residentes en territorio portugués están obligadas a declarar dichos rendimientos a la Administración Tributaria y Aduanera (artículo 119, apartado 7, párrafo a) del Código del IRPF). Esta misma obligación existe cuando las entidades deudoras tienen que efectuar retenciones a cuenta del impuesto de sociedades (IRC) (artículo 128 del Código del IRC) y no del IRPF. El Modelo 30 permite declarar correctamente los rendimientos pagadas a entidades no residentes en Portugal. De este modo, los rendimientos se gravarán correctamente y se evitará la doble imposición de los rendimientos. Están obligadas a presentar esta declaración todas las entidades deudoras o pagadoras de rendimientos (que se consideren obtenidos en Portugal) a sujetos pasivos no residentes en territorio portugués. Hasta el final del 2.º mes siguiente a aquel en que se produzca el pago, vencimiento, puesta a disposición, liquidación o cálculo del importe respectivo, según el caso concreto. Por ejemplo, el modelo 30 relativo a los pagos de enero de 2024 debe presentarse hasta finales de marzo de 2024. Deben tenerse en cuenta los rendimientos obtenidos en Portugal y pagadas o puestos a disposición de entidades no residentes de la siguiente naturaleza: Además de los pagos por suministro de bienes y mercancías, no deben declararse los pagos de rendimientos a no residentes cuando se consideren obtenidos fuera de Portugal, como, por ejemplo: Para presentar la Declaración Modelo 30, sigue estos pasos: Si presentas los informes directamente a las autoridades a través de la aplicación, puedes consultar los documentos relativos a la presentación a través del botón Imprimir. Alternativamente, puedes navegar hasta el documento desde Cegid Docs. Esta funcionalidad sólo está disponible para las declaraciones presentadas directamente a las autoridades a través de la aplicación. Puedes exportar el archivo utilizando la opción de la esquina inferior izquierda. Para reprocesar una declaración, sigue estos pasos: La declaración se volverá a calcular teniendo en cuenta los datos que figuran actualmente en el sistema. Se descartarán las ediciones manuales y este proceso puede implicar la actualización de la información y la realización de ajustes en la declaración en función de los datos más recientes. Deberás revisar y validar los cambios tras el reprocesamiento. Independientemente del estado previo de la declaración, tras este proceso, el estado se actualiza a No Validada y puedes entonces proceder a su presentación. La sustitución sólo puede crearse si la versión anterior de la declaración se encuentra en los estados: Presentada o Presentada manualmente. Para crear una declaración de sustitución, sigue estos pasos: Cada uno de los cuadros se rellena del siguiente modo: Se rellena automáticamente con el número de identificación fiscal (NIF) de la entidad declarante (entidad que debe o paga los rendimientos), tal como se define en la solución integradora con Fiscal Reporting. Es necesario indicar el NIF del contador titulado únicamente si la entidad declarante tiene o debe tener una contabilidad ordenada. Se rellena automáticamente si está definido en la solución integradora con Fiscal Reporting. También puede rellenarse manualmente. Si se ha producido un impedimento justo, debes rellenar el hecho que lo causó y la fecha en que se produjo. Aquí se rellena automáticamente el año y el mes en que se produjo el hecho que dio lugar a la obligación de presentar el Modelo 30. Este cuadro se rellena automáticamente con el código de la Oficina Tributaria en la que la entidad declarante tiene su sede o domicilio fiscal, tal y como se define en la solución integradora con Fiscal Reporting. Alternativamente, puede rellenarse manualmente. La aplicación detecta automáticamente si se trata de una primera declaración o de una declaración sustitutiva (que reemplaza toda la información de la primera). Cuando se crea el informe, queda automáticamente rellenado que se trata de la primera declaración. Aquí, los importes del impuesto retenido por tipo de rendimiento se rellenan automáticamente según los importes del cuadro 8. Debes rellenar este cuadro manualmente e indicar el(los) número(s) del (de los) resguardo(s) de pago utilizado(s) y el valor total respectivo. Al final, se muestra el importe total del(los) resguardo(s). Nota: este valor debe coincidir con el valor total de las retenciones a cuenta practicadas a los no residentes (campo 17 del cuadro 6 y campo 38 del cuadro 8) en el mes al que se refiere la declaración. Si la recogida de información está correctamente configurada, este cuadro se rellenará automáticamente. Alternativamente, la siguiente información puede rellenarse manualmente:Contexto jurídico
1. ¿Qué es?
2. ¿Cuál es el objetivo?
3. ¿Quién tiene que presentarla?
4. ¿Hasta cuándo hay que presentarla?
5. ¿Qué tipo de rendimientos se tienen en cuenta?
6. ¿Qué tipo de rendimientos están excluidos?
Presentar Declaración
Nota: para facilitar la búsqueda, es posible filtrar por NIF, Empresa, Declaración Fiscal, Periodo, Estado (No Creada, No Validada, Validada, Presentando, Presentada) y Última Sincronización (fecha y hora en que se realizó la sincronización entre la solución integradora y Fiscal Reporting);
Nota: si deseas presentar la declaración a través del archivo y marcarla como presentada, hacer clic en el botón Marcar como presentada. La declaración se actualizará al estadoPresentada manualmente. Esta opción sirve únicamente para modificar el estado de la declaración, sin que la aplicación comunique automáticamente ninguna información a las autoridades;
Reprocesar declaración
Crear sustitución
Rellenar cuadros
Cuadro 1
Cuadro 2
Cuadro 3
Cuadro 4
Cuadro 5
Cuadro 6
En los campos 06 a 14, 16, 40 y 41 se indica el importe total del impuesto retenido durante el mes por tipo de rendimientos. El campo:
Cuadro 7
Cuadro 8
Nota: este valor corresponde al total de los importes retenidos en el mes y debe coincidir con el de los campos 17 del cuadro 6 y 30 del cuadro 7;
