Declaración Mensual del Impuesto de Timbre (DMIS)
En la aplicación es posible crear y presentar la Declaración Mensual del Impuesto de Timbre (DMIS). Las siguientes preguntas frecuentes tienen por objeto aclarar dudas sobre el contexto jurídico de esta declaración: La Declaración Mensual del Impuesto de Timbre (DMIS) es una declaración mensual de las operaciones sujetas al impuesto de timbre, tanto si dan lugar a una liquidación del impuesto como si se trata de operaciones exentas. Esta declaración la deben presentar los sujetos pasivos a que se refiere el apartado 1 del artículo 2 del Código del Impuesto de Timbre (CIS) o sus representantes legales, que hayan realizado operaciones, actos, contratos, documentos, títulos, papeles y demás hechos y situaciones jurídicas previstas en la Tabla General, sobre los que recaiga el Impuesto de Timbre. Este impuesto se refiere a las operaciones de crédito o garantías concedidas por un grupo de entidades de crédito o sociedades financieras. La Declaración Mensual del Impuesto de Timbre (DMIS) debe presentarla la entidad que pagó el impuesto. Deben presentarla siempre los sujetos pasivos, tanto si han pagado el impuesto como si sólo han realizado operaciones exentas. Por lo tanto, no existe obligación de presentarla a menos que no se hayan realizado operaciones sujetas al impuesto de timbre durante el periodo de referencia. Nota: Se consideran sujetos pasivos los notarios, registradores civiles, mercantiles, de la propiedad y de otros bienes sujetos a registro; los otorgantes de créditos y garantías o acreedores de intereses, primas, comisiones y otras contraprestaciones; las entidades de crédito, sociedades financieras u otras entidades jurídicamente equiparables a éstas, residentes en territorio nacional, que hayan intermediado en operaciones de crédito, prestación de garantías o intereses, comisiones y otras contraprestaciones debidas por residentes en el mismo territorio a entidades de crédito o sociedades financieras no residentes, etc. La declaración debe presentarse hasta el día 20 del mes siguiente al que se haya generado la obligación tributaria. Si el plazo de presentación finaliza en un fin de semana, se traslada al siguiente día hábil. Debe presentarse por Internet a través del Portal de la Agencia Tributaria. Para presentar la Declaración Mensual del Impuesto de Timbre (DMIS), sigue estos pasos: Si presentas los informes directamente a las autoridades a través de la aplicación, puedes consultar los documentos relativos a la presentación a través del botón Imprimir. Alternativamente, puedes navegar hasta el documento desde Cegid Docs. Esta funcionalidad sólo está disponible para las declaraciones presentadas directamente a las autoridades a través de la aplicación. Puedes exportar el archivo utilizando la opción de la esquina inferior izquierda. Para reprocesar una declaración, sigue estos pasos: La declaración se volverá a calcular teniendo en cuenta los datos que figuran actualmente en el sistema. Se descartarán las ediciones manuales y este proceso puede implicar la actualización de la información y la realización de ajustes en la declaración en función de los datos más recientes. Deberás revisar y validar los cambios tras el reprocesamiento. Independientemente del estado previo de la declaración, tras este proceso, el estado se actualiza a No Validada y puedes entonces proceder a su presentación. La sustitución sólo puede crearse si la versión anterior de la declaración se encuentra en los estados: Presentada o Presentada manualmente. Para crear una declaración de sustitución, sigue estos pasos: Cada uno de los cuadros se rellena del siguiente modo: Los siguientes campos se rellenan automáticamente en función del producto de origen (si existen): Sin embargo, puedes cambiar la información que se rellena automáticamente. El campo Tipo de Declaración (1.ª o sustituta) se rellena manualmente. En caso de impedimento justificado, deberá indicarse manualmente: Los siguientes campos se rellenan automáticamente si el producto de origen permite el pago del impuesto de timbre: Si esta funcionalidad no está implementada, deberás rellenar los campos manualmente. Los campos de totalización del n.º de cheques, base imponible, importe liquidado y n.º de Líneas se rellenan automáticamente teniendo en cuenta los valores rellenados en los campos anteriores.Contexto jurídico
1. ¿Qué es?
2. ¿Quién tiene que presentarla?
3. ¿Hasta cuándo hay que presentarla?
4. ¿Cómo debe presentarse?
Presentar declaración
Nota: para facilitar la búsqueda, es posible filtrar por NIF, Empresa, Declaración Fiscal, Periodo, Estado (No Creada, No Validada, Validada, Presentando, Presentada) y Última Sincronización (fecha y hora en que se realizó la sincronización entre la solución integradora y Fiscal Reporting);
Nota: si deseas presentar la declaración a través del archivo y marcarla como presentada, hacer clic en el botón Marcar como presentada. La declaración se actualizará al estado Presentada manualmente. Esta opción sirve únicamente para modificar el estado de la declaración, sin que la aplicación comunique automáticamente ninguna información a las autoridades;
Reprocesar declaración
Crear sustitución
Rellenar los cuadros
Declaración
Impedimento justificado
Operaciones y hechos sujetos a impuestos
