Declaración de Retenciones a Cuenta sobre el IRPF/IRC- Residentes y No Residentes
En la aplicación es posible crear y presentar la Declaración de Retenciones a Cuenta sobre el IRPF/IRC para Residentes y No residentes. Las siguientes preguntas frecuentes tienen por objeto aclarar dudas sobre esta declaración: Además de las obligaciones declarativas relativas a los valores y a la información, es obligatorio pagar los impuestos, por ejemplo, el IRS, el impuesto de sociedades (IRC), el impuesto de timbre, cuando se adeuden a la Autoridad Fiscal y Aduanera (AT). Por otro lado, hay declaraciones en las que hay que hacer referencia a los resguardos de pago. Por ejemplo, en la declaración Modelo 30, en el cuadro 7 “Relación de resguardos de pago” figuran todos los resguardos de pago relativos al IRS retenido por las entidades deudoras de rendimientos debidos a sujetos pasivos no residentes en Portugal. La Declaración de Retenciones a Cuenta (DRF) permite presentar las retenciones sobre el IRS/IRC y del impuesto de timbre. En lo que respecta a las retenciones a cuenta sobre el IRPF/IRPF, se debe separar la declaración para residentes y no residentes. Nota: para las retenciones a cuenta sobre el IRPF relativas al trabajo dependiente de residentes, el pago se efectúa utilizando la referencia de pago obtenida mediante la presentación de la respectiva declaración mensual de remuneración (DMR) Por este motivo, las retenciones a cuenta sobre el IRS del trabajo dependiente de residentes no declaradas en el DMR deben declararse en esta declaración. Las entidades obligadas a practicar retención a cuenta sobre el IRPF y sobre el impuesto de sociedades (IRC) y a pagar el impuesto de timbre deberán presentar los importes correspondientes mediante la Declaración de Retenciones a Cuenta. Depende del plazo de liquidación de cada impuesto. Para presentar esta declaración, sigue estos pasos: Si presentas los informes directamente a las autoridades a través de la aplicación, puedes consultar los documentos relativos a la presentación a través del botón Imprimir. Alternativamente, puedes navegar hasta el documento desde Cegid Docs. Esta funcionalidad sólo está disponible para las declaraciones presentadas directamente a las autoridades a través de la aplicación. Puedes exportar el archivo utilizando la opción disponible en la esquina inferior izquierda. Para reprocesar una declaración, sigue estos pasos: La declaración se volverá a calcular teniendo en cuenta los datos que figuran actualmente en el sistema. Se descartarán las ediciones manuales y este proceso puede implicar la actualización de la información y la realización de ajustes en la declaración en función de los datos más recientes. Deberás revisar y validar los cambios tras el reprocesamiento. Independientemente del estado previo de la declaración, tras este proceso, el estado se actualiza a No Validada y puedes entonces proceder a su presentación. La sustitución sólo puede crearse si la versión anterior de la declaración se encuentra en los estados: Presentada o Presentada manualmente. Para crear una declaración de sustitución, sigue estos pasos:Contexto jurídico
01. ¿Qué es?
02. ¿Quién tiene que presentarla?
03. ¿Hasta cuándo hay que presentarla?
Presentar declaración
Nota: para facilitar la búsqueda, es posible filtrar por NIF, Empresa, Declaración Fiscal, Periodo, Estado (No Creada, No Validada, Validada, Presentando, Presentada) y Última Sincronización (fecha y hora en que se realizó la sincronización entre la solución integradora y Fiscal Reporting);
Nota: si deseas presentar la declaración a través del archivo y marcarla como presentada, hacer clic en el botón Marcar como presentada. La declaración se actualizará al estado Presentada manualmente. Esta opción sirve únicamente para modificar el estado de la declaración, sin que la aplicación comunique automáticamente ninguna información a las autoridades;
Reprocesar declaración
Crear sustitución
